Con efectos desde el 1 de septiembre de 2015:
Se reduce del 20% al 19,5% el tipo de retención a practicar sobre los siguientes
rendimientos:
o ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y
participaciones de instituciones de inversión colectiva.
o arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos