Les comunicamos que, hasta el 30 de abril de 2015,puede modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según su edad.
Si están interesados en modificarla citada base o cuota( con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.
Asimismo, les informamos que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2015 ,tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.926,60 € mensuales no podrán elegir una base superior a 1.945,80 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2015.
Si se encuentra en este supuesto y desea cambiar la situación, rogamos nos lo indique con la máxima antelación posible.
Todas estas modificaciones tendrá efectosa partir del 1 de julio de 2015.